DECISIÒN
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley declara: Con lugar la solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos Fransmary Andreina Álvarez Oropeza y Yovanni Miguel Carballo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-16.234.714 y V-17.941.440, respectivamente, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil.
En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído ante el Registro Civil de la Parroquia Trinidad Samuel del Municipio Bolivariano G/D Pedro León Torres del estado Lara, en fecha 12 de abril de 2011. El acta de matrimonio se encuentra extendida en uno de los libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por esa autori.....