Este Juzgado observa:
Por cuanto en fecha 25 de febrero 2016, este Juzgado dictó sentencia de Obligación de Manutención signada bajo el N° 93– 2.016, se procede a Homologar el acuerdo suscrito entre los ciudadanos Ana Mercedes Suarez y Héctor Daniel Oviedo Guillen, ya identificados quedando establecido de la siguiente manera: El ciudadano Héctor Daniel Oviedo Guillen, antes identificado, aumentará la obligación de manutención, de la cantidad mensual de cinco mil bolívares (5.000,oo. Bs.) a la suma mensual de veinte mil bolívares (20.000,oo. Bs.). Asimismo, cancelará el cincuenta por ciento (50%) de los demás gastos tal y como estaba acordado en la sentencia Nº 93-2016, de fecha 25 de febrero de 2016, donde se cubrirán todos los gastos por mitad entre ambos padres tales como; vestido, educación, transporte, medicinas, médicos, uniformes, útiles escolares, incluyendo los gastos navideños que comprenden vestido y regalo de navidad, entre otros, cantidades que depositará en la cuent.....