Siendo la oportunidad legal para el siguiente pronunciamiento, conforme lo establece el artículo 237 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN INTERDICTAL DE AMPARO intentada por el ciudadano JAVIER LOPEZ MARTIN, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 12.370.688 y domiciliado en el Caserío Guadalupe, Municipio Jiménez del Estado Lara, contra el ciudadano, JUAN DE LA CRUZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.599.522, domiciliado en el Barrio Santa Isabel, Calle 3 con Carrera 8, Casa Nº 10, de Barquisimeto Estado Lara, sobre un lote de terreno de aproximadamente ocho hectáreas y media (8.5000 Has.) y que forma parte del predio denominado Finca El Tiestal, ubicado en el Caserío.....