Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la demanda; en consecuencia se ordena a la demandada INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S) a pagar a la actora las cantidades ya indicadas por concepto de prestación de antigüedad; vacaciones; utilidades; bono vacacional, bono de alimentación y salarios retenidos, más la indexación judicial que deberá cuantificar el Juez que le corresponda la ejecución una vez que esta decisión se encuentre definitivamente firme.
SEGUNDO: No se condena en costas a la demandada por la naturaleza de la decisión.-