Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada recurrente, contra la decisión de fecha 11 de noviembre de 2008 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada, en consecuencia se condena a la demandada pagar al actor los conceptos declarados procedentes en la sentencia proferida por el a quo y su forma de cálculo.
TERCERO: Se condena en Costas a la parte demandada recurrente por resultar vencida en el presente recurso
CUARTO: Se CONFIRMA la Sentencia apelada.