este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la representación judicial de la empresa INDUSTRIAS OCCIDENTE, C.A., contra la Providencia Administrativa Nro. PA-US-LTY/10-2013 de fecha 11 de julio de 2013, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Lara, Trujillo y Yaracuy del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, en el expediente US-LTY/038-2012.
SEGUNDO: Se ANULA la Providencia Administrativa Nro. PA-US-LTY/10-2013 de fecha 11 de julio de 2013, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Lara, Trujillo y Yaracuy del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, en el expediente US-LTY/038-2012.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dado la naturaleza del fallo.
CUARTO:.....