En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de hecho interpuesto contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta circunscripción judicial, en fecha 23/04/2014, que inadmitió la apelación interpuesta contra el auto de fecha 01/04/2014.
SEGUNDO: se ORDENA al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio, admitir la apelación de fecha 03/04/2014 interpuesta por el abogado JOSÉ COLMENÁREZ contra el auto de fecha 01 de abril de 2014.
TERCERO: No hay condenatorias en costas, dada la naturaleza del fallo.