Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la parte demandada PANADERIA EL SANTO NIÑO C.A., Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 31 de mayo de 2016.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia recurrida.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo