En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto, por el apoderado judicial de la parte accionada, ciudadano Luis Sánchez, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 53.214 y de este domicilio, contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara de fecha 13 de febrero de 2008.
En consecuencia se CONFIRMA la sentencia recurrida.
Se condena en costas del recurso a la parte accionada de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al Libro respectivo, conforme a lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civi.....