En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto, por el ciudadano Francisco José Vivas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 22.320.293 y de este domicilio y de este domicilio, en su carácter de parte actora, debidamente asistida por el abogado Juan Carlos Díaz, inscrito en el IPSA bajo el N° 102.049, actuando en su carácter de Procurador Especial de Trabajadores en el Estado Lara, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara de fecha 29 de octubre de 2008.
En consecuencia se CONFIRMA la sentencia recurrida en todas sus partes.
No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley O.....