En razón de los criterios precedentemente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 23 de septiembre de 2008, por el ciudadano Jorge Rodríguez, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión del abogado bajo el N° 113.809, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 18 de septiembre de 2008.
Se REVOCA en todas sus partes, la sentencia recurrida y se ordena al Juzgado de Instancia fijar nueva oportunidad para la celebración de la Audiencia Preliminar, en el entendido de que las partes se encuentran a Derecho de conformidad con el principio de la not.....