D I S P O S I T I V O
Por todos los argumentos de hecho y derecho que han quedado expuestos, la Jueza Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante y se CONFIRMA la sentencia recurrida.
SEGUNDO: No se condena en costas al recurrente por percibir menos de tres salarios mínimos, conforme a lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo.
TERCERO: Se ordena notificar al Sindico Procurado del Municipio Iribarren del estado Lara, conforme a lo previsto en el artículo 153 en su último aparte de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
Dictada en Barquisimeto, Estado Lara, el 09 de noviembre de 2022.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión, que se emitirá .....