Decisiones del dia 31/03/2015
N° Expediente :
Nº133-2015
N° Sentencia :
0571
Fecha: 31/03/2015
Procedimiento: Titulo Supletorio
Partes: BETTY CAROLINA LINARES TORRES, VENEZOLANA, SOLTERA, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-17.782.204, DOMICILIADA EN EL CASERÍO RODEO I, PARROQUIA TINTORERO, MUNICIPIO JIMÉNEZ DEL ESTADO LARA, DEBIDAMENTE ASISTIDA POR EL ABOGADO EN EJERCICIO ALVARO FREITEZ, INSCRITO EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL ABOGADO BAJO EL NÚMERO: 192.795.
Resumen:
UNICO: Tomando en consideraciones las declaraciones de los Testigos plenamente identificados en autos, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecia sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley especialmente en los Artículos 936 y 937 ejusdem y Dejando a salvo los Derechos de Terceras personas que puedan tener. APRUEBA la mencionada justificación y se declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de la Ciudadana: BETTY CAROLINA LINARES TORRES, plenamente identificada en autos, sobre las bienhechurias y mejoras que se determina suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un Ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.....
Juez/Ponente:
Yunia Rosa Gomez Duarte
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez y Andrés Eloy Blanco.
N° Expediente :
Nº133-2015
N° Sentencia :
0571
Fecha: 31/03/2015
Procedimiento: Titulo Supletorio
Partes: BETTY CAROLINA LINARES TORRES, VENEZOLANA, SOLTERA, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-17.782.204, DOMICILIADA EN EL CASERÍO RODEO I, PARROQUIA TINTORERO, MUNICIPIO JIMÉNEZ DEL ESTADO LARA, DEBIDAMENTE ASISTIDA POR EL ABOGADO EN EJERCICIO ALVARO FREITEZ, INSCRITO EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL ABOGADO BAJO EL NÚMERO: 192.795.
Resumen:
UNICO: Tomando en consideraciones las declaraciones de los Testigos plenamente identificados en autos, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecia sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley especialmente en los Artículos 936 y 937 ejusdem y Dejando a salvo los Derechos de Terceras personas que puedan tener. APRUEBA la mencionada justificación y se declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de la Ciudadana: BETTY CAROLINA LINARES TORRES, plenamente identificada en autos, sobre las bienhechurias y mejoras que se determina suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un Ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.....
Juez/Ponente:
Yunia Rosa Gomez Duarte
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez y Andrés Eloy Blanco.
N° Expediente :
Nº134-2015
N° Sentencia :
0572
Fecha: 31/03/2015
Procedimiento: Titulo Supletorio
Partes: MARIBEL DEL CARMEN CHIRINOS VERA, VENEZOLANA, SOLTERA, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-6.983.780, DOMICILIADA EN EL CASERÍO RODEO I, PARROQUIA TINTORERO, MUNICIPIO JIMÉNEZ DEL ESTADO LARA, DEBIDAMENTE ASISTIDA POR EL ABOGADO EN EJERCICIO ALVARO FREITEZ, INSCRITO EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL ABOGADO BAJO EL NÚMERO: 192.795.
Resumen:
UNICO: Tomando en consideraciones las declaraciones de los Testigos plenamente identificados en autos, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecia sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley especialmente en los Artículos 936 y 937 ejusdem y Dejando a salvo los Derechos de Terceras personas que puedan tener. APRUEBA la mencionada justificación y se declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de la Ciudadana: MARIBEL DEL CARMEN CHIRINOS VERA, plenamente identificada en autos, sobre las bienhechurias y mejoras que se determina suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un Ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril d.....
Juez/Ponente:
Yunia Rosa Gomez Duarte
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez y Andrés Eloy Blanco.
N° Expediente :
KP02-S-2014-008790
N° Sentencia :
287
Fecha: 31/03/2015
Procedimiento: Titulo Supletorio
Partes: LA ASOCIACION CIVIL EVANGELISTICA ESCUDO DE LA FE
Resumen:
UNICO:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos VICTOR RODRIGUEZ y LUIS PAEZ, mayores de edad, titulares de las cédulas Nos V-16.386.540 y V-7.429.185, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de LA ASOCIACION CIVIL EVANGELISTICA ESCUDO DE LA FE, antes identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en petición presentada al inicio de este expediente, el cual no podrá ser registrado sin la auto.....
Juez/Ponente:
Emma Cristina García
Organo:
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren.