Por todos los argumentos de hecho y Derecho que han quedado expuestos, el Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: ADMITE a sustanciación cuanto en lugar en derecho el escrito de reforma presentado por el abogado FILIPPO TORTORICI, abogado en libre ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 45.954, en su condición de apoderado judicial de COVENCAUCHO INDUSTRIAS S.A. Así se decide.
SEGUNDO: Se deja sin efecto el cartel de notificación librado en fecha 20 de noviembre de 2020 dirigido al ciudadano DAVID VARGAS, titular de la cédula de identidad 12.934.506.
TERCERO: Una vez declarada firme la presente decisión, se ordena notificar mediante cartel y de conformidad con lo previsto en el .....