En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Mixto en Función de Juicio Número Tres del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley:
PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano LUIS ENRIQUE FIGUEROA RIERA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.843.035, nacido el 24/04/1980 en la localidad de Carora Municipio Torres del Estado Lara, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Elia Riera y Luis Figueroa, residenciado en Barrio Carorita Callejón El Socorro casa Nº 243, Carora Municipio Torres del Estado Lara, asistido por la Defensora Pública Abogada Neddibel Jiménez, por el delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal vigente para la fecha de comisión de los hechos, cometido en perjuicio de Javier Alexander Sira.
SEGUNDO: CONDENA al ciudadano LUIS EN.....