D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado de la parte actora contra la sentencia dictada el 9 de marzo de 2006 por la Juez de Juicio Nº 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, mediante la cual declaró sin lugar la demanda de Guarda interpuesta por el ciudadano LUIS EDUARDO SOTELDO contra la ciudadana ROSA JOSEFINA IZAGUIRRE, en beneficio de la niña EVELY LUISANA SOTELDO IZAGUIRRE, disponiendo en consecuencia que la guarda de la mencionada niña la ejerza dicha ciudadana con los atributos concernientes a los cuidados, vigilancia y orientación moral y educativa de su hija, así como la facultad de imponerle las correcciones adecuadas a su edad, desarrollo físico y mental, dejando a salv.....