DECISION
En mérito a las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en los artículos 2, 26, 75, 76 y 78° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 289°, 290° y 294° del Código Civil Venezolano y 1°, 2°, 5°, 8°, 365° y siguientes de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, declara CON LUGAR, el ofrecimiento voluntario de Obligación Manutención intentado por el ciudadano OSCAR JIMENEZ SEQUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.880.471, domiciliada en el Barrio El Cementerio, calle Realidad, Sanare, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Lara, en beneficio del niño SIMON ANTONIO JIMENEZ COLMENAREZ, representado por su madre la ciudadana ZORIMAR JOSEFINA COLMENAREZ ORTIZ, venezolana, mayor de edad, titular de l.....