DISPOSITIVA
Con fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto de Juicio de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se Admite Totalmente la Acusación formulada por el Ministerio Público en contra del ciudadano DANNY MARLON CUELLO SALERO, venezolano, titular de la Cedula de Identidad N° V- 13.269.154, de 33 años de edad, el 26/10/1973 y domiciliado en la Calle 8 con carrera 3-A casa Nro. 8 del Barrio San Francisco, en Barquisimeto Estado Lara, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el articulo 17 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia Segundo: asimismo se admitieron totalmente los medios de prueba ofrecidos por la Vindicta Pública, por considerar esta instancia Judicial que los mismos son legales, lícitos, pertinentes y necesarios para e.....