este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la querella interdictal de amparo interpuesta por la ciudadana ANA MARIA ROJAS VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.400.056, actuando en su condición de Presidente de la firma INVERSIONES 15122821, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Lara en fecha 10-06-2008, bajo el N° 73, Tomo 29, Tomo 32-A, contra los ciudadanos CADENAS DIAZ, CANEDAS MELENDEZ, CALCINA DOMINGUEZ, CARMEN BRACHO, CORDERO HIM, FLORES LUGO, GOMES EVIEZ, LUCENA VALERA, MARCHAN ABRAHAM, NANCY GUTIERREZ, PACHADO NARDIN, QUINTERO RAGA, TORRES NIETO y TOVAR PINEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas personales Nros. 9.556.167, 11.288.214, 3.540.057, 7.301.091, 1.264.011, 12.850.279, 11.597.567, 4......