En razón de lo anterior, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del procedimiento en el recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, interpuesto por el abogado Danny Paul Ortiz Rodríguez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 62.967, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil ASFALTADORA AMERVEN, C.A., protocolizada en el Registro Mercantil del Estado Lara, en fecha 24 de febrero de 1988, bajo el Nº 26, tomo 3-B, contra el acto administrativo contenido en el Acta Nº 038, de fecha 01 de febrero de 2010, inserta en el Nº 005-2010-04-0048, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA sede JOSÉ PÍO TAMAYO, mediante la cual se acuerda fijar una nueva reunión conciliatoria a fin .....