En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la medida cautelar nominada solicitada por la ciudadana MARIA DE LAS MERCEDES GONZALEZ BALBUENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.964.933, de este domicilio, asistido por el abogado TOMAS COLINA RAMOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 27.350, por NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO EMANADO DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSÉ VICENTE DE UNDA DEL ESTADO PORTUGUESA y ORDENA a la ALCALDIA DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA DEL ESTADO PORTUGUESA, NO INNOVAR sobre el inmueble ubicado en la calle Bolívar entre avenida 17 de Diciembre y calle Urdaneta del Municipio Monseñor José Vicente de Unda, en la población Chabasquén, Es.....