En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE PRIMERO: Dictar pronunciamiento sobre la petición planteada por el Abogado IVAN MUJICA GONZÁLEZ, en representación de la victima de autos, en aras de garantizar el derecho a la defensa e igualdad entre las partes, así como los principios de oralidad, contradicción e inmediación, tal como lo disponen los artículos 12, 14, 16, 18 y 19 todos del texto adjetivo penal. SEGUNDO: se ratifican las Medidas de Protección y Seguridad, así como cautelares dictadas en audiencia oral celebrada en fecha 20 de marzo de 2013 (folios 147 al 151). Notifíquese a las partes. Regístrese, Publíquese. Cúmplase.