DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano JUAN TOMAS ADAMES ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº 4.679.101, ya que la presunta violación de derechos constitucionales alegada por la accionante CESO, cuando el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 15 de Julio de 2013, se pronunció respecto a la entrega del Arma de Fuego, Marca: TIPO: REVOLVER, Marca: WINDICATOR, Modelo: E.A.A, Calibre: 38, Capacidad de tiros: 6 TIROS, Fabricación: ALEMANA, Serial: 1525271, lo cual es el objeto de la presente acción de amparo, siendo esta la OMISIÓN a la que se le atribuía la violación de l.....