este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, por la competencia atribuida en el literal "a" del Parágrafo Primero del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y de acuerdo a lo establecido en los artículos 385 y 387 eiusdem, HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los ciudadanos LUZ MARINA SUAREZ VIVAS y ANIBAL JOSE LANDA ZERPA, ya identificados, en beneficio de la niña (identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), y se establece lo siguiente:
PRIMERO: El padre ANIBAL JOSE LANDA ZERPA, propuso que el tiene posibilidad de compartir con su hija (identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), los fines de semana que tiene libre en su tra.....