IV
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para decidir la demanda por vías de hecho, interpuesto por las ciudadanas GRACIELA JOSEFINA CALLES, VICKY JANETH VIDAL RODRIGUEZ y LISETH PASTORA GRATEROL OROPEZA, titulares de las cedulas de identidad números 11.431.195, 11.269.425 y 11.877.009, respectivamente, asistido por el abogado Martin Diaz Coll, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 31.264, contra el CONSEJO COMUNAL "ROTARIO IV", representada por sus voceros FRANCISCO MENDOZA, YEXIMAR PEREZ, ODALIS SOTERANO y YADIRA SANCHEZ, titulares de las cedulas de identidad números 11.794.727, 15.778.009, 15.448.150 y 12.245.583, en su orden.
SEGUNDO: DESISTIDO el procedimiento en la demanda interpuesta.
TERCERO: Se ORDENA el archivo oportuno del expediente.....