DISPOSITIVA
Con fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en sus funciones de Juicio del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, al ciudadano Robinson Alirio Gómez Pérez Titular de la Cedula de Identidad Nº 16.748.438, domiciliado en el Barrio Ruiz pineda 2 calle 8 entre 6 y 7 Barquisimeto Estado Lara, por la comisión del delito de: Ocultamiento Ilícito De Armas De Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, todo ello de conformidad con el articulo 103 del Código Penal Venezolano en concordancia con los artículos 48 ordinal 1ero y 318 ordinal 3ro del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de la EXTINCION DE LA ACCION PENAL por muerte del acusado. Notifíquese a las partes, Regístrese. Cúmplase.
ABG. ADELMO ATILIO LEAL AR.....