DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Séptimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión, Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la ley DECRETA. PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256 ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano: YEXIMO JOSÉ LUCENA SUAREZ, titular de la cedula de identidad Nº: 20.010.300, venezolano, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nacido en fecha 24/03/1990, de 20 años de edad, de profesión u oficio: Herrería, estado civil: soltero, grado de instrucción: 4to año, hijo de Máximo Lucena Yeneira Suárez, domiciliado en Calle 6 entre 9 y 10, casa Nº 9-37, a media cuadra de la Escuela Ciudad de Valencia, Barquisimeto, Estado Lara, por la comisión del delito POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Con.....