Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 9 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 256 numeral 3º DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA EN CONTRA DEL IMPUTADO, CARLOS ALBERTO PERALTA titular de la cédula de identidad Nº 18.057.424, nacido el 06-11-77, nacida en Barquisimeto, Estado. Lara, edad 31 años, estado civil soltero, profesión u oficio Obrero, domiciliado en la carrera 12 entre calle 55 y 56, casa Nº 55-72, al lado de donde quedaba INVILARA, Telf. 0416-1561786, Barquisimeto, Estado. Lara, Telf. 0251-4422209; 0412-3507860, consistente en PRESENTACION PERIODICA POR ANTE LA UNIDAD DE ALGUACILAZGO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CADA OCHO (08) DÍAS, y ordinal 6º (PROHIBICIÓN DE ACERCARSE A LA VICTIMA)
Se ordeno la contin.....