Por las razones antes expresadas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. CON LUGAR la demanda por: DESALOJO intentada por: ROSILIS DEL CARMEN BOQUILLÓN VARGAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 11.599.024, contra la ciudadana: YSABEL CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.439.313
2. SE ORDENA la desocupación inmediata del inmueble ubicado en la calle 38 entre carreras 09 y 10 del barrio San Antonio, Municipio Iribarren del Estado Lara.
3. SE ORDENA a la demandada el pago reclamado de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES por cánones insolutos, más aquellos que continúen venciéndose desde abril de 2006 hasta la culminación de este proceso, equivalentes a la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES mensuales.
4. SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida.
Dado, firmado y sellado en la Sala del J.....