D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2, 22, 26, 43, 44, 49, 51, 257 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 479 numeral 1, 500 y 510 del Código Orgánico Procesal Penal, ACORDO al penado WILFREDO JOSE PERDOMO PERDOMO, la FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA como es el REGIMEN ABIERTO y se le imponen las siguientes CONDICIONES: 1.- Debe presentar con carácter de urgencia constancia de residencia. 2.- Debe mantenerse laboralmente activo. 3.- Debe evitar involucrarse en otro delito. 4.- Debe continuar con sus estudios académicos y musicales. 5.- Debe asistir a talleres y charlas de crecimiento personal. 6.-Debe incorporarse en programas de prevención del delito. 7.-Debe realiza.....