UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha Acta de Matrimonio del ciudadano SERGIO SELIVANENKO CASADIEGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.465.355, domiciliado en San Felipe, estado Yaracuy, en el sentido de que se asiente correctamente el primer apellido de su padre como: "SELIVANENGO".- En consecuencia, se ordena a la Prefectura del Municipio Palavecino del estado Lara y al Registrador Principal correspondiente, inserten la nota marginal correspondiente en el Acta de Matrimonio N° 31, folios 52 frente al vuelto 53, del año 1959. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los dieciocho días del mes de julio de dos mil seis.-.....