En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de sustitución de patrono realizada por, el ciudadano VICTOR JOSE MELENDEZ CATARI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.343.815, de este domicilio, representado por su apoderada judicial abogada, AVIANNY GARCÍA, IPSA No.108.918.en contra de las empresas COMERCIALIZADORA PARÍS COMERPA, C.A y COMERCIALIZADORA DEL SUR COMERSUR, C.A ampliamente identificadas en autos.
SEGUNDO: Se ordena indistintamente a las empresas CENTRO COMERCIAL SELL CENTER, C.A y FMCE INVERSIONES C.A, a dar cumplimiento a la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 27 de junio del 2007,. En consecuencia, se ordena la EJECUCIÓN DEL FALLO, por la cantidad d.....