declara con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Julio Perdomo Mendoza, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nº V-7.423.494, de este domicilio, asistido por Enmis Duque Crespo, abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 92.047, en su condición de Procuradora Especial de Trabajadores del Estado Lara, en contra de Vemericana de Editores, C.A., inscrita originalmente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, bajo el Nº 7, Tomo 2-A, en fecha 3 de julio de 1991, posteriormente modificada en fecha 4 de febrero de 2000, quedando anotada bajo el Nº 35, Tomo 3-A por ante la misma oficina de Registro, representada por el ciudadano Marcos Antonio Silva Gallardo, extranjero, mayor de edad, cédula de identidad Nº E-81.365.574, de este domicilio, cuya sede se encuentra ubicada en el Edificio Don Martín, Piso 5, Oficinas 5-A, 5-B y 5-C, en Barquisimeto, Estado Lara, por consiguiente, se ordena como.....