III
Por las razones antes expresadas este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1. SIN LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentada por AURA MORENO DE JIMÉNEZ y ELIO JOSÉ JIMÉNEZ MORENO, venezolanos, mayores de edad, viuda y soltero respectivamente, de oficios del hogar y comerciante cada uno, domiciliados en la Urbanización El Paraíso, calle 8, Transversal 5 N° 29B-11, Cabudare, Municipio Palavecino del Estado Lara CONTRA LUIS A. LINAREZ PERAZA, mayor de edad, venezolano, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 11.784.206, abogado en ejercicio, e inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 92.234.
2. SE CONDENA en Costas a la parte perdidosa de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en.....