Visto el Desistimiento de la Acción, suscrito por el ciudadano PASTOR JOSE CASTILLO, titular de la cédula de identidad número 7.317.964, en su carácter de parte actora, debidamente asistido por la abogado Ligia Piña, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 51.309, éste Tribunal homologa el mismo, en consecuencia, téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, de todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente. Archívese el presente expediente.