DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se acuerda la entrega EN CALIDAD DE DEPOSITO del vehículo con las siguientes características: Marca: Fabricación Nacional, Modelo: Premecos, Año: 1999, Color: Naranja, Clase: remolque, Tipo: Batea, Placa: 61H-DAR, Serial de Carrocería: P0129OV, serial de Motor: No porta, al ciudadano OSWALDO CARDONA SANCHEZ, titular de la cedula de identidad numero V- 949.255, representante de la empresa FERRO CERAMICA VALCRO C.A, y cuyo apoderado Judicial en el presente asunto es el ciudadano Luis Eduardo Davila, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, quien deberá dar cumplimiento a todas y cada una de las condicion.....