En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio Nº 3, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara: PRIMERO: Evacuadas como han sido las pruebas que han sido traídas a este Juicio Oral y Público una vez analizadas cada una de ellas concluye que el ciudadano CANELO MIQUILARENO WILSON JOSE, C.I Nº 22.192.389, de 19 años, Soltero, nacido en fecha 16.02.92, Oficios albañil, séptimo grado de instrucción, domiciliado en el Barrio 6 de enero, Los Rastrojos, casa Nº 34, color azul, a una cuadra de la Bodega Tarigua, se les declara CULPABLE por el delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS tipificado en el tercer aparte del artículo 149, segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, por lo cual se les CONDENA a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRISIÓN; más.....