este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte su HOMOLOGACION............PRIMERO: Se fija la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.40.000,°°) mensuales, por concepto de Obligación Alimentaria..........SEGUNDO: Ambos progenitores sufragarán en partes iguales todo lo relativo a los gastos de vestuario, calzado, educación, cultura, asistencia médica, medicinas, recreación, ............TERCERO: En lo relativo a los gastos del mes de Diciembre, el padre sufragará todos los gastos del día 24 del citado mes, incluyendo vestido, calzado y juguetes, y la madre sufragará los gastos del día 31 de dicho mes. Téngase como Sentencia firme y fuerza ejecutiva