Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 11 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, declara:
PRIMERO: Con Lugar, lo solicitado por la Fiscalía del Ministerio Público, en consecuencia se Impone a los imputados Edgar Melquíades Camacaro Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.932.436 Yrma Yoleida Rodríguez de Ferrer, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.938.600 y José Luís Morillo Mosquera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.377.730, Medida Cautelar Sustitutiva de la Privativa de Libertad, consistente en una Medida Cautelar Innominada consistente en la prohibición de realizar actuaciones propias del cargo que desempeñaban como miembros activos de la Cooperativa Banco Comunal Antonio José de Sucre LA090116 R.L., así como la prohibición ex.....