DECISIÓN
En merito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Julio Ramírez Rojas con el carácter de autos contra la sentencia Interlocutoria dictada el 26 de Agosto del año dos mil tres por el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara. En consecuencia se ordena al Tribunal A-quo declare el decreto de intimación como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, solicitada por el abogado JULIO RAMIREZ ROJAS en el juicio por COBRO DE BOLIVARES que tiene intentado la ciudadana BEATRIZ ELENA TERAN contra los ciudadanos ELVIA TUA y JOSE TERAN, todos identificados en autos
Queda así REVOCADO el auto apelado .
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certifica.....