Se dicta decisión en la cual este Juzgado Octavo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley: CONDENA a los ciudadano EDDI ENRIQUE LUGO TORRES, quien es Venezolano, titular de la Cédula de Identidad No 18.333.861, de 19 años de edad, de profesión indefinida, residenciado en el Urbanización La Carucieña, Avenida 4 calle 15, sector 2 casa Nº 74, en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara y WILLIAMS LUGO TORRES, venezolano, mayor de edad, Cédula de Identidad Nº 11.882.506, de Treinta (30) años de edad, residenciado en la urbanización La Carucieña, Avenida 4, Calle 15, sector 2 Casa Nº 74, de esta ciudad de Barquisimeto Estado Lara, a cumplir la pena de Ocho (08) años de presidio más las penas accesorias a las de prisión previstas en el artículo 16 del Código Penal, por encontrarlos culpables y penalmente resp.....