Este Tribunal acuerda ordenar a la Fuerza Pública que conduzca al ciudadano JORGE RAFAEL HERNÁNDEZ PIN E RÚA, FRANK ENRIQUE MENDOZA GARCÍA, REGINO AGUILLON, FERMÍN MARTIN Y EDURADO HECKER venezolanos, mayores de edad, portadores de la cédula de identidad N° (s) 2.976.987, 3.861.621, 2.879.195, 4.348.878 Y 3.661.109 quien pueden ser ubicados en la Empresa PROMALT INC, CA ubicada en dos direcciones ZONA INDUSTRAIL II COMPLEJO INDUSTRAIL LARA GALPÓN Cl, carrera 7 con calle 4 y en la calle 4 parcela 195 al lado del Centro Industrial Lara, dirección esta asentada en el escrito Fiscal, hasta la Fiscalía Décima del Ministerio Público, el día 24 del corriente mes y año, a las 9:00, a.m., con el debido respeto de sus derechos fundamentales consagrados en nuestra Carta Magna, a fin de ser entrevistado por el representante Fiscal sobre los hechos que se investigan. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal. A tal efecto se acuerda.....