En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Se declara sin lugar la solicitud de nulidad planteada por la defensa pública del acusado. SEGUNDO: Declara CULPABLE, al ciudadano ORLANDO SILVA, venezolano, con cédula de identidad número V.- 4.805.546, fecha de nacimiento 26-09-1951, de 59 años de edad, natural de Carora, estado Lara, profesión u oficio criador, hijo de Ana Rosa Mendoza y Eladio Silva, residenciado en sector Jagüey, a tres kilómetros de la orilla de la carretera, entre Sabaneta y el restaurante El Jagüey, estado Lara. Telf. 0252-4441564, de la comisión del delito de Violencia psicológica, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida Libre d.....