Este Tribunal para decidir observa: Con el interrogatorio formulado al entredicho, con el informe médico manifestando que la ciudadana MARIA DE LOS DOLORES PERDOMO DE ROMAN presenta una INCAPACIDAD TOTAL Y DEFINITIVA, y con las declaraciones de los familiares: ALENA ROMAN PERDOMO, NANCY DEL ROSARIO MORILLO DE MUJICA, NEYDA PIÑA y DESIRE CAROLINA MELENDEZ, quienes estuvieron contestes en afirmar que conocen a la ciudadana MARIA DE LOS DOLORES PERDOMO DE ROMAN y que les consta que tiene enefermedad mental. Ha quedado corroborado lo que alegó la solicitante SONIA ROMAN PERDOMO.
En consecuencia este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la INHABILITADA a la ciudadana MARIA DE LOS DOLORES PERDOMO DE ROMAN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, con Cédula de Identidad Nro. 1.434.278.
Se nombra CUARDOR a la ciudadana SONIA ROMAN PERDOMO, titular de la C.I. 2.913.867, quien comparecerá ante este tribunal.....