DISPOSITIVA
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al joven IDENTIDAD OMITIDA plenamente identificado, a cumplir las siguientes sanciones:
Amonestación, la cual será efectiva en la audiencia de imposición.
Reglas de Conducta, por el lapso de dos (02) años, se le imponen las siguientes obligaciones:
1.- Residir en un Lugar determinado y cualquier cambio de domicilio deberá participarlo al tribunal por escrito.
2.- Continuar con sus estudios universitarios consignando la constancia respectiva de la Universidad donde iniciara sus estudios, así como las notas correspondientes al lapso evaluado. Prohibición de consumir bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes psicotrópicas
3.- Prohibición de portar armas blancas y armas de fuego.
Libertad Asistida por el lapso de dos (02) años, la cual deberá cumplir en el PANACED.
La med.....