DECISIÓN
En virtud de lo anterior, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por autoridad de la Ley y nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales interpuesto por la ciudadana JUANA DE DIOS GIL ARRIECHE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.081.016, domiciliada en la Carrera 28 entre calles 40 y 41, Casa Número 40-40, Barquisimeto, Estado Lara, contra la Sociedad Mercantil “PELUQUERIA ARTE Y ESTILO, C.A ( actualmente denominada BARBERIA COSMOS, C.A.”), y a título personal al ciudadano OSWALDO LEO HERNANDEZ, ubicada en el Centro Comercial Cosmo, Calle 25 entre carreras 21 y 22, Planta Baja, Local Número 1-A .