Vista la demanda por COBRO DE BOLIVARES INTIMATORIO, presentada por YELITZA ZENAIDA SOTO CASTELLANOS, abogada en ejercicio, actuando en nombre y representación del ciudadano DANIEL IDELFONSO URRIETA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.703.183 contra el ciudadano JUAN JOSE ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 2.854.801; este tribunal acuerda DECLINAR LA COMPETENCIA, por cuanto el artículo 3° de la Resolución de fecha 30/01/96, Gaceta Oficial N° 35890, establece:
CITO: Los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito conocerán en primera instancia las causas cuya cuantía sea superior a cinco millones de bolívares (Bs. 5.000.000,00)
Remítase el presente expediente al JUZGADO DE MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, a quién le corresponda el turno en la distribución. Líbrese con oficio a la U.R.D.D., a los fines de su distribución.