Por las razones antes expresadas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. CON LUGAR la demanda por motivo de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO COMODATO, intentada por la HUMBERTO SEGURA SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.538.839., contra PEDRO RAFAEL ROJAS SALAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-9.626.854.
2. SE ORDENA la demandado la entrega del inmueble constituido por una casa, identificada con el N° 14-49, constituida sobre una parcela de terreno propio de mayor extensión, ubicada en la calle 55 entre 14 y 15, Municipio Autónomo Iribarren, Barquisimeto estado Lara, el cual tiene un área de construcción de CIENTO VEINTISÉIS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS (126,33M2).
3. SE CONDENA EN COSTAS a la parte perdidosa de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente ven.....