Por los razonamientos expuesto, esta Corte de Apelaciones de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, por inoficioso el Recurso de Apelación presentado por Abg. Daniel Eduardo Moros Velásquez, en su condición de Defensor Privado del ciudadano JESUS MANUEL GARCIA FUENTES, en contra de la decisión dictada por el de Primera Instancia en funciones de Control N° 2 de este Circuito Judicial Penal, en la audiencia oral celebrada en fecha 12 de septiembre de 2006 y fundamentada el 21 de septiembre de 2006, mediante la cual decretó, según el recurrente, la medida judicial preventiva de libertad al referido ciudadano. En virtud de existir pronunciamiento previo de esta Corte de Apelaciones en fecha 20-03-2007.-