En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Acuerda la ORDEN DE APREHENSIÓN A NIVEL NACIONAL, solicitada por la Fiscalia 9 del Ministerio Publico del Estado Lara en contra los ciudadanos 1) ARMANDO MEDINA, Cédula de Identidad Nº V- 7.449.538, domiciliado en el Caserío Las Virtudes de Bobare, casa sin número, Parroquia Aguedo Felipe Alvarado, del Estado Lara; 2) ARTURO LOYO, Cédula de Identidad Nº V- ---, domiciliado en el Caserío El Potrero de Bucare, sector el Cardón, calle Principal, casa sin número, Parroquia Aguedo Felipe Alvarado, Estado Lara; 3) FRANKLIN LOYO, Cédula de Identidad Nº V- ---, domiciliado en el sector la Lagunita del Potrero de Bucare, Parroquia Aguedo Felipe Alvarado, Municipio Iribarren del Estado Lara; 4) RAMON LOYO, Cédula de Identidad Nº V- ---, domiciliado en el Caserió El Potrero de Bucare, sector la Capilla, calle Principal, casa sin numero, al lado del Consejo Comun.....